Administración y Finanzas
Garantizar el uso racional de los recursos materiales, humanos, financieros y técnicos de la Procuraduría, a través de la utilización de mecanismos e instrumentos de control presupuestal idóneo y adecuado.
Como establecido en el Reglamento Interior vigente de la Procuraduría Ambiental.
I.- Coordinar la integración, actualización y avance trimestral del Programa Institucional, del Programa Operativo Anual y del Programa Financiero a cargo de la Procuraduría;
II.- Coordinar la integración, consolidación, ejecución y control del presupuesto de ingresos y egresos de la Procuraduría, con base en la normatividad establecida;
III.- Elaborar mensualmente los estados financieros de la Procuraduría y proporcionar oportunamente al Procurador Ambiental, la información contable y financiera que le permita conocer la situación que guarda la Procuraduría para la adecuada toma de decisiones;
IV.- Elaborar trimestralmente los informes financieros para su presentación ante la Secretaría de Hacienda, la Junta Directiva de la Procuraduría y el Procurador Ambiental;
V.- Coadyuvar en el desarrollo de las acciones de optimización y eficiencia, mediante la implementación de sistemas, técnicas y herramientas de apoyo administrativo;
VI.- Elaborar y vigilar la permanente actualización de los manuales de trámites y servicios, de organización y de procedimientos, del Reglamento Interior y de normas y sistemas;
VII.- Administrar y controlar eficientemente los recursos materiales a su cargo, realizando periódicamente inventarios físicos, con el fin de identificar la ubicación de los bienes muebles e inmuebles patrimonio de la Procuraduría;
VIII.- Administrar y controlar los recursos humanos en coordinación con los funcionarios de la Procuraduría, dando trámite a los asuntos inherentes al personal de la misma, como: Licencias, permisos, otorgamiento de incapacidades, nómina, vacaciones, guardias, viáticos, y expedición de hoja de servicios, así como realizar la selección, evaluación y capacitación del personal, de acuerdo a las políticas vigentes en materia de administración y desarrollo de recursos humanos;
IX.- Integrar el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios que se requiera tanto del presupuesto autorizado, como de otras fuentes de ingresos, necesarios para la operación de la Procuraduría;
X.- Administrar y controlar los recursos provenientes de las multas impuestas por el incumplimiento de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente del Estado de Sonora, Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sonora y sus Reglamentos respectivos;
XI.- Administrar y controlar los recursos humanos, materiales y financieros de los proyectos asignados por Organismos Nacionales e Internacionales, a fin de cumplir con los objetivos de la protección ambiental;
XII.- Instrumentar el proceso de modernización de los sistemas y equipos informáticos, y participar en la determinación de las políticas y lineamientos de los mismos;
XIII.- Apoyar y coordinar los grupos de trabajo de consulta y asesoría, para la más eficaz atención de los asuntos competencia de la Procuraduría;
XIV.- Diseñar, administrar y operar los procedimientos y programas informáticos que sean necesarios para el eficaz funcionamiento de las unidades administrativas de la Procuraduría;
XV.- Establecer los mecanismos de control necesarios para implementar el Sistema Integral de Archivo de esta Procuraduría, acorde a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora y los lineamientos emitidos por el Instituto de Transparencia Informativa y de la Ley que regula la Administración de Documentos Administrativos e Históricos del Estado de Sonora;
XVI.- Formular el anteproyecto de programa presupuesto de ingresos y egresos de la Entidad a fin de que se presente en tiempo y forma a la Secretaría de Hacienda para su aprobación;
XVII.- Someter a la consideración del Procurador Ambiental, los manuales de organización, de procedimientos y de servicios de las unidades administrativas a su cargo, de conformidad con los lineamientos establecidos por la Secretaría de la Contraloría General;
XIII.- Apoyar al Procurador Ambiental en la definición de políticas de instrumentación de los sistemas de control que fueren necesarios, tomando las acciones correspondientes;
XIX.- Coordinar las acciones necesarias para que las unidades administrativas, alimenten y actualicen periódicamente el Sistema Integral de Archivos, para dar cumplimiento a la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, así como a los lineamientos emitidos por el Instituto de Transparencia Informativa del Estado de Sonora;
XX.- Coordinar las acciones de Control Interno para la correcta aplicación, supervisión y administración de riesgos y las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité de Control y Desempeño Institucional en esta Entidad;
XXI.- Establecer los mecanismos de control necesarios para implementar el Sistema Integral de Archivo y mantenerlo actualizado, para la conservación y preservación de la documentación pública que se genera en la Procuraduría;
XXII.- Vigilar el uso y aprovechamiento óptimo de los recursos destinados a los proyectos y programas de todas las dependencias relacionadas a los animales aplicables a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sonora y su Reglamento; y
XXIII.- Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables o le señale el Procurador Ambiental dentro de la esfera de sus atribuciones.